CONTRATACIÓN
POR MÍNIMA CUANTIA
MÍNIMA
CUANTIA
La
contratación de mínima cuantía es un modo o proceso de contratación administrativa
en el SECOP II, este se usa para esos procedimientos rápidos y sencillos a la
hora de adquirir bienes, obras y/o servicios de bajo valor, para que un
contrato se dé por mínima cuantía este debe ser al menos un 10 % inferior de la
menor cuantía de la entidad estatal, es decir que la menor cuantía de una entidad
estatal es ese valor máximo que la entidad puede contratar sin la necesidad de
seguir un proceso de selección, un contrato de mínima cuantía debe ser inferior
al 10 % de uno de menor cuantía, esto al menos se especifica en la Ley 1150 de
2017 por la cual se introducen medidas para la eficiencia y transparencia en la
Ley 80 de 1993, dentro del articulo dos de la Ley 1150 de 2017 en las
modalidades de contratación en el numeral 5, se habla sobre la contratación de
mínima cuantía y como funcionan sus procesos de contratación
ETAPAS
CONTRACTUALES DE LA CONTRATACIÓN POR MÍNIMA CUANTIA
ETAPA PRECONTRACTUAL
-
Identificación
del objeto de contratación: se debe identificar el objeto de contratación, como
los bienes, obras o servicios que se van a adquirir esos son los objetos de
contratación, la entidad estatal debe realizar el correspondiente estudio de
mercado para determinar las necesidades y precios.
-
Elaboración
de los pliegos de condiciones: La entidad luego de haber identificado el objeto
de contratación debe elaborar el pliego de condiciones, es decir las
condiciones o reglas del proceso de contratación.
-
Publicación
de los pliegos de condiciones en el SECOP: los pliegos de condiciones se deben
publicar en el SECOP II, esto con la finalidad de que los proponentes conozcan
las reglas del proceso de contratación y presenten sus ofertas.
-
Recepción
de las ofertas de los proponentes: Se tiene un plazo para presentar la ofertas,
este plazo debe ser suficiente para que los proponentes preparen sus ofertas
-
Evaluación
de ofertas: La entidad estatal debe evaluar las ofertas de los proponentes con
los criterios establecidos en los pliegos de condiciones
-
Adjudicación
del contrato: La entidad estatal adjudica el contrato al proponente que haya
presentado la mejor oferta.
ETAPA
CONTRACTUAL
-
Celebración
del contrato: La entidad y el contratista deben celebrar el contrato, se da con
un documento escrito.
-
Ejecución
del contrato: Es el proceso donde el contratista debe dar ejecución al contrato
con las condiciones establecidas en el mismo.
ETAPA POSCONTRACTUAL
-
Supervisión
de la ejecución del contrato: para verificar que el contratista cumpla con sus
obligaciones
-
Aceptación
o rechazo de las obras, bienes o servicios entregados por el contratista
-
Liquidación
del contrato: liquidar el contrato para determinar el monto final a pagar
-
Resolución
de conflictos: La entidad y el contratista resuelven los conflictos que se
presentes durante la ejecución del contrato a través de un proceso de
conciliación.


No hay comentarios:
Publicar un comentario